El 20 de julio, el Tribunal Constitucional de Cabo Verde dictaminó que corresponde al gobierno del primer ministro Ulisses Correia determinar si las medidas cautelares dictadas a favor del diplomático venezolano Alex Saab por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas son vinculantes para el Estado. Lo que ha causado cierta preocupación al equipo de defensa de Alex Saab es que la decisión, entregada por correo electrónico, estaba fechada el 29 de junio. ¿Por qué el Tribunal ha dejado de lado esta decisión durante casi un mes? No hay justificación posible para que una decisión importante sobre la negación de los derechos humanos más básicos de Alex Saab se haya retrasado de esta manera.
En una larga decisión, el Tribunal señaló que el Estado de Cabo Verde está obligado por el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), las decisiones del organismo de la ONU no lo están por la sencilla razón, según el tribunal caboverdiano, de que el Comité no es un tribunal ni una organización supranacional, sino «un órgano consultivo». Sin embargo, los magistrados del Tribunal Constitucional dejaron claro que, en su opinión, la decisión de someterse o no a los dictámenes del Comité corresponde al Poder Ejecutivo dirigido por el Primer Ministro Ulisses Correia. El Tribunal está señalando que considera que se trata de un asunto político y no judicial.
Esta opinión es contraria a la expresada por el presidente Jorge Fonseca, el fiscal general José Landim y la ministra de Justicia Janine Lélis, que en las últimas semanas han intentado trasladar a los tribunales de Cabo Verde la responsabilidad de determinar el destino de Alex Saab. Ninguno de ellos ha tenido el valor de admitir que el arresto, la detención y el proceso de extradición de Alex Saab al que se enfrenta tienen una motivación completamente política.
Si se tratara de una cuestión de «Derecho», el Tribunal de Justicia de la CEDEAO, el más alto tribunal de derechos humanos de África Occidental, ha dictaminado el 15 de marzo y el 24 de junio que, como cuestión de Derecho caboverdiano, el arresto y la detención de Alex Saab fueron ilegales. Dicho tribunal también dictaminó que, en consecuencia, el proceso de
extradición debe finalizar y que Alex Saab debe recibir una indemnización.
También es importante señalar que la decisión del Tribunal Constitucional del 19 de julio,
contrariamente a la información deliberadamente falsa que está siendo difundida por algunos conocidos opositores de la República Bolivariana de Venezuela, se refería únicamente a la aplicabilidad de la decisión del Comité a Cabo Verde. De hecho, el Tribunal Constitucional subraya en varias ocasiones en su sentencia que la orden del Comité que pide la paralización de cualquier extradición a los Estados Unidos no puede y no afecta al deber del Tribunal de seguir examinando los errores de constitucionalidad cometidos por los tribunales inferiores, como se alega en el recurso de Alex Saab. Por lo demás, aún no se ha tomado ninguna decisión al respecto.