Con el fin de buscar una solución pacífica y resolver la disputa con Venezuela, un experto en derecho internacional, asesora a Cabo Verde.
A medida que el proceso de extradición de Alex Saab se acerca a su desenlace, que debería ocurrir en el momento en que el Tribunal Constitucional de Cabo Verde (TC) emita su sentencia, se acumulan opiniones y opiniones legales, que bajo los términos de los argumentos más diferentes, consideran el arresto y la detención. (que ha estado sucediendo durante casi 1 año) del enviado especial de Venezuela es ilegal.
La NN tuvo acceso a un dictamen pericial, debidamente identificado ante este diario, para defender esta tesis, considerando que, además de otras ilegalidades procesales, el Gobierno de Cabo Verde no ha cumplido con sus obligaciones en materia de aplicación de las normas internacionales – convencionales. y habitual: sobre el estado de los enviados especiales, que protegen objetivamente a Alex Saab.
En efecto, según dicho perito, al negarse unilateralmente a reconocer la condición de Enviado Especial al extraditado, sin presentar ninguna “objeción formal” ante el Estado de Venezuela, lo cual, según la Convención 69, es necesario que, en los casos de esta naturaleza “informe mediante nota verbal de su desacuerdo con respecto a la condición de la persona interesada o el alcance de esa protección”, Cabo Verde incurrió en una actitud de hostilidad y falta de buena fe.
“En este caso, Cabo Verde no expresó formalmente ni de buena fe su desacuerdo con Venezuela. Por el contrario, prefirió la medida radical de simplemente negarle la condición de Enviado Especial al SE Alex Saab, arrestarlo, privarlo de su libertad y mantenerlo detenido con miras a su extradición a un tercer estado ”, según el punto el punto de vista del experto.
Así, argumenta que las autoridades de la ciudad de Praia optaron por “desconocer las condiciones legales establecidas por la costumbre, la jurisprudencia y la Carta de Naciones Unidas para resolver la controversia”, lo que autoriza la lectura de que, al hacerlo, Cabo Verde los medios apropiados «y la consecuencia legal de su comportamiento es lo que lo empeoró».
«En nuestra opinión, si el gobierno de un Estado, que se supone que respeta el estado de derecho, no respeta sus obligaciones en virtud del derecho internacional, viola los derechos humanos y no actúa de buena fe y de conformidad con el derecho internacional», Así razonó el mismo experto, que aún aconseja a Cabo Verde que encuentre una solución pacífica y resuelva la disputa con Venezuela.
Se trata de la aplicación de la Carta de las Naciones Unidas, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, la Convención de Misiones Especiales de 1969, según la cual Cabo Verde, a pesar de no haberla ratificado, está obligado a respetar sus obligaciones legales y consuetudinarias, además a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico interno del país, y en primer lugar en la Constitución de la República.
En lo que respecta al derecho consuetudinario, cuya aplicación se basa en las costumbres, en el dictamen se recuerda que ni Cabo Verde ni los Estados Unidos son reconocidos como «objetores persistentes» a la regla de inmunidad aplicable a las misiones especiales, por lo que es «plenamente transmitido ”.
Los argumentos jurídicos del profesor francés detallan la naturaleza de lo que es una misión especial, recordando sus características específicas, y afirman que no hay duda de que la “misión humanitaria” que se encargó a Alex Saab en su escala técnica en Cabo Verde en ruta a Irán cumplió plenamente con estos criterios.
“En resumen, la misión fue temporal – programada del 13 al 16 de junio de [2020] – y fue organizada por el Estado de Venezuela para Irán, que consintió, para que [Alex Saab] realizara una tarea específica, en este caso de carácter humanitario ”, en el que“ se cumplen plena e indiscutiblemente todas las condiciones exigidas por el derecho internacional para la calificación de una misión internacional ”.
A lo sumo, en el caso de Alex Saab, y según la opinión bajo análisis, “el Estado de tránsito debe verificar (…) la realidad de la misión internacional, y si tiene la intención de negar el paso por su territorio de una Misión Especial, tiene, como máximo, la opción de declarar a la persona en cuestión persona non grata ”. Así, “en ningún caso podrá privarlo de su inviolabilidad e inmunidad por incumplimiento de una condición formal, es decir, la notificación previa” de la condición de Enviado Especial, que habrá sido uno de los argumentos de a las autoridades caboverdianas para justificar la legalidad de la detención del representante venezolano.
Para el jurisconsulto francés cuya opinión analizamos, si Cabo Verde tenía objeciones al reconocimiento del estatus de Alex Saab y expresaba formalmente sus reservas (lo que estaba obligado a hacer pero no hizo), las autoridades venezolanas tenían derecho a confirmar a posterior este hecho. misma condición, lo que hizo en dos ocasiones, por vía diplomática, al día siguiente de la detención de su representante.